martes, mayo 23, 2006

Si no dan licencia no cobran, los Lagares

PARTE DEL PAGO DE LA VENTA SE ACORDÓ APLAZARLO HASTA OBTENER LICENCIA DE EDIFICACIÓN
Betanzos aprobó una urbanización en una finca que Lagares vendió en 2004
El Concello dio luz verde en diciembre de 2005 a la ordenación de una construcción sobre terrenos que el alcalde y su hermano habían vendido el año anterior.
M. V..Betanzos

El pleno del Ayuntamiento de Betanzos aprobó el 27 de diciembre de 2005 la ordenación de la urbanización 22 que se prevé construir al otro lado del puente de madera, sobre terrenos que fueron vendidos por el alcalde y su hermano el concejal y diputado provincial, un año antes, en noviembre de 2004. En la escritura de compra además se estipuló que cobraban una parte al elevar a público el documento y el resto del pago se aplazó hasta 30 meses después de que la promotora obtuviese del Concello brigantino licencia de edificación para iniciar las obras.

La Consellería de Política Territorial, sobre esta urbanización, acaba de emitir un informe desfavorable, al entender que no se debía calificar este suelo como urbano residencial, sino como urbano no consolidado porque carece de los accesos y servicios que definen el suelo urbano. La Xunta considera que el instrumento de ordenación aprobado por el Concello, el estudio de detalle, no es adecuado, y rechaza además, por excesiva, la edificabilidad prevista, que debería ser la mitad de la fijada.

El alcalde y su hermano recibieron como herencia de un familiar en abril de 1989 parte de un labradío denominado O Xuncaliño, actualmente calificado como suelo urbano en las normas subsidiarias de planeamiento, vigentes desde 1997 (la otra tercera parte era de otro hermano, José Luis, que la vendió a Antonio Lagares en septiembre de 1997).

Manuel y Antonio Lagares, y sus respectivas esposas, (están en régimen de gananciales) vendieron este terreno, de 5.809 metros cuadrados, varios años después: la escritura pública de compraventa se formalizó en octubre de 2004. Sin embargo, siete meses antes habían firmado ya un documento privado de opción de compra, en el que se estimaba el valor del solar en 961.619, 36 euros. En esta escritura se establece que el comprador paga 12.000 euros en concepto de precio de la opción de compra, y a cuenta del coste total de la adquisición, por un importe de 721.214 euros.

En las condiciones de adquisición se establece también que se entregará a los propietarios, los dos matrimonios, 228.384 euros, en cuanto se elevase a pública la transmisión, lo que ocurrió siete meses después. Otra de las condiciones de la venta que se acordó fue que se entregarían "unidades de obra que representen un 15% del aprovechamiento neto del edificio que se construirá sobre el solar objeto de la adquisición, excepto el aprovechamiento comercial que se valorará a 600 euros metro cuadrado".

Se indica también que existe la "opción a favor de los vendedores seis meses antes de la entrega de sus unidades de obra, de solicitar pago en efectivo, y en ese caso en la fecha de finalización de la obra se entregarían 721.214, 52 euros". El contrato habla también de un aval bancario solidario al otorgamiento de la licencia por dicho importe.

En el capítulo de estipulaciones, el comprador se obliga a construir sobre este solar "un edificio integrado por viviendas y locales comerciales", con trasteros y garajes, "con el máximo aprovechamiento posible que permitan las normas urbanísticas" en relación a la ocupación. Se indica que en la edificación se adjudicará a los vendedores como contraprestación "un 15% de la superficie útil construida a asignar en viviendas, locales comerciales y plazas de garaje".

En este documento privado figura también que "las viviendas a entregar a los vendedores (los dos matrimonios Lagares) contarán con las mismas calidades que las restantes del edificio y tendrán una superficie similar", que no será inferior a 60 metros cuadrados útiles ni superior a 140 metros cuadrados.

Los vendedores, seis meses antes del plazo fijado para la entrega de las unidades de obra que les correspondían, podían decidir que preferían una contraprestación económica en lugar de las unidades de obra, y en este caso recibirían el dinero fijado, 721.214 en metálico.

Cuando este documento se elevó a público, no se especificó cómo se cobraría el importe total, sino que en la escritura se indica sólo que el precio de la venta es de 721.214 euros, un importe del que se dice que "queda aplazado" hasta 30 meses después de la obtención de la licencia municipal de edificación sobre la finca.

La Opinión de A Coruña, 23 de mayo de 2006

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