lunes, mayo 22, 2006

¿No podían votar?

¿Podían votar los Lagares?
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Ampliar A la izquierda, terrenos donde se prevé construir la urbanización 22, en la zona de Caraña. / carlos pardellas





El PP de Betanzos afirma que el alcalde de Betanzos y su hermano el edil no podían votar cuando se aprobó en pleno una actuación en terrenos que les habían pertenecido.


M. Villar.Betanzos

El tercer punto del orden del día del pleno del 27 de diciembre de 2005 en Betanzos era la propuesta de aprobación definitiva del estudio de detalle de la urbanización 22, en la zona de Caraña. Este estudio de detalle, un instrumento de ordenación urbana (alturas, volúmenes, rasantes) de unas 70 viviendas divididas en cinco bloques, fue aprobado con los votos a favor del Gobierno de coalición PSOE-BNG. Este mismo gobierno coaligado, pero en la Xunta, emitió un informe desfavorable sobre este estudio, al considerarlo un instrumento inadecuado para ordenar la construcción y porque excedía de la edificabilidad autorizada. Pero la aprobación de esta urbanización contiene otro aspecto polémico. ¿Podían votar el alcalde y su hermano en este punto?

La portavoz del Partido Popular, María Faraldo, inició el debate de esta propuesta de aprobación solicitando a Manuel y Antonio Lagares que abandonasen el salón plenario "por tener interés directo y claro" en relación a esta urbanización 22, debido a que "tienen propiedades o en cesión a terceros", y solicitó además la escritura pública de la titularidad de los terrenos que conforman el ámbito de esta actuación, según figura en el acta del pleno.

El regidor brigantino, tras asegurar que los informes técnicos eran favorables a la aprobación de este estudio de detalle, anunció que iba a votar "por tener pleno derecho" a hacerlo. Según indicó, estos terrenos habían pertenecido antiguamente a su familia, pero no en la actualidad, por lo que podía votar sobre este asunto. En el boletín que edita la Agrupación Municipal Socialista de Betanzos se resalta también que dichos solares "en parte fueron de la familia del alcalde".

La legislación vigente establece varias causas de abstención de votar en un pleno por parte de las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones. Uno de los motivos de abstención, según la Ley de Administraciones Públicas, es que haya "interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquel, ser administrador de sociedad o entidad interesada o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado".

La Ley de Administraciones Públicas afirma que las autoridades o personal de Administración que incurran en estas causas de abstención, y que aún así intervengan, no implica "necesariamente" la invalidez del acto, aunque añade que la no abstención "dará lugar a responsabilidad". La Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local señala que "la actuación de los miembros en que concurran tales motivos implicará, cuando haya sido determinante, la invalidez de los actos en que hayan intervenido". En este caso que los Lagares votasen no fue determinante de que se aprobase el estudio de detalle porque también votaron a favor los tres ediles del BNG, por lo que el asunto habría salido adelante aunque se hubiesen ausentado en este punto (serían 8 contra 7).

El Partido Popular cree que el alcalde y su hermano el concejal no debían votar en este pleno porque se debatía sobre una urbanización sobre terrenos que les habían pertenecido. En esta sesión plenaria estuvo presente un secretario accidental, no el titular.

Las escrituras

La urbanización que se prevé construir al otro lado del puente de madera incluye una actuación sobre las que fueron antiguamente tres parcelas. Una de ellas, de 5.809 metros cuadrados y denominada O Xuncaliño, se dividía entre tres propietarios: una tercera parte era del alcalde y su hermano; y la otra, de los dos matrimonios, el alcalde, su hermano y sus respectivas esposas (esta segunda parte fue adquirida a su otro hermano José Luis en 1997). Este terreno fue vendido en octubre de 2004 a la empresa Balcón do Mandeo, según figura en el Registro de la Propiedad de Betanzos.

Pagos aplazados

La otra finca incluida, ubicada en Saavedra Meneses, tiene 372 metros cuadrados y resulta de segregrarla de una propiedad que incluía vivienda, bodega y huerta (567 metros en total), pertenecientes a Manuel Lagares y su esposa. La finca fue vendida también en octubre de 2004 a Balcón do Mandeo.

La finca denominada O Xuncaliño fue vendida por los dos matrimonios por un importe de 721.214,52 euros aunque en unas condiciones peculiares: según figura en el registro de la propiedad, "dicho precio queda aplazado" y el comprador lo abonará "treinta meses después de la obtención de la licencia municipal de edificación sobre la finca". Es decir, el alcalde y el diputado vendieron esta finca un año antes de que se llevase a pleno la ordenación de la urbanización que se construiría sobre ella, pero estipularon que no cobrarían los 721.214 euros hasta dos años y medio después de que la urbanización tuviese licencia. En las escrituras se añade otra matización. "En todo caso, el pago se verificará antes de que transcurran cuatro años a contar desde el otorgamiento de la presente escritura de compraventa".

En el caso de la finca de Saavedra Meneses propiedad del regidor y su mujer, el precio de la venta fue de 60.101,21 euros y, al igual que en el otro caso, se acordó aplazar el pago, aunque no 30 meses después de obtener la licencia de edificación, sino en el momento en el que se contase con dicha licencia. También se acordó que el pago se verificaría en todo caso antes de que transcurriesen cuatro años desde el otorgamiento de la escritura de compraventa.

La Opinión de A Coruña, 23 de mayo de 2006

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